Real Decreto-ley 7/2025 vs. Nueva Propuesta de Real Decreto: Comparativa de Medidas

A raíz de la derogación del Real Decreto-ley 7/2025 (conocido como "decreto antiapagón"), el MITECO ha presentado una nueva propuesta de Real Decreto para recuperar las medidas que no necesitan rango de ley. La propuesta actual se centra en aspectos técnicos y de gestión del sistema, dejando fuera muchas de las medidas fiscales y de apoyo que incluía el decreto original.

A continuación, se comparan las medidas del RDL 7/2025 que se han perdido, las que se recuperan en la nueva propuesta, y las novedades que se han añadido.


Medidas del RDL 7/2025 eliminadas de la nueva propuesta

  • Bonificaciones fiscales y apoyo a la industria electrointensiva: Se eliminan las modificaciones al IAE, IBI e ICIO que permitían a los ayuntamientos bonificar hasta un 50% y un 95% del IBI e ICIO, respectivamente, a instalaciones de autoconsumo solar o aerotermia. También desaparece el mecanismo de apoyo a la industria electrointensiva con tarifas flexibles [1, 2].
  • Planificación de la red: Se pierde la reducción de seis a tres años en los periodos de revisión de la planificación de transporte y la posibilidad de modificaciones bienales [3].
  • Gestión del autoconsumo: La nueva propuesta no incluye las nuevas modalidades de autoconsumo, la ampliación de la distancia para instalaciones fotovoltaicas de hasta 5 MW a 5.000 metros, ni la figura del gestor de autoconsumo [2, 3].
  • Agregador independiente y respuesta a la demanda: Se descarta la regulación del papel del agregador independiente como intermediario de la demanda [3].
  • Hitos administrativos y autorizaciones: Se eliminan los cambios que dividían la autorización de explotación en dos fases, la ampliación de plazos para el "quinto hito" del RD-ley 23/2020, y la suspensión de hitos en caso de recursos [3].
  • Garantías de acceso y conexión: Se dejan fuera las modificaciones a las garantías económicas exigidas para los proyectos de generación y demanda [3].
  • Almacenamiento como servicio público: Se elimina la declaración de utilidad pública para instalaciones de almacenamiento que inyectan energía y la exención de permisos previos para las de menos de 500 kW [3].

Medidas recuperadas en el nuevo Real Decreto

  • Supervisión y control técnico: Se mantiene la supervisión trimestral de la CNMC sobre las obligaciones de control de tensión. Se encarga a Red Eléctrica la elaboración de propuestas para el control de tensiones y oscilaciones, así como la coordinación de los planes de la red de transporte y distribución [4].
  • Fomento del almacenamiento: La nueva propuesta permite hibridar almacenamiento con generación, ofreciendo prioridad de despacho y una tramitación más ágil. Se prioriza el uso de terrenos ya ocupados y se requiere la definición de la potencia instalada [4, 5].
  • Caducidad de permisos de acceso y conexión: Los permisos de demanda caducan a los cinco años para evitar la especulación, similar a la previsión del RDL original. Sin embargo, la nueva propuesta añade que la solicitud debe identificar el código CNAE de la actividad, un requisito que no estaba en el RDL [4].
  • Plazos para nuevos suministros: Se establecen plazos de respuesta a las solicitudes de ampliación para las distribuidoras: 5 días sin ampliación de red, 30 días con ampliación, 60 días si se requiere un centro de transformación y 80 días si son varios [5].
  • Repotenciación e I+D+i: Se adopta la definición de repotenciación de la Directiva 2023/2413. Además, se crea una autorización genérica para plataformas de I+D+i, lo que facilita la conexión y desconexión de prototipos sin tener que reiniciar la tramitación [4].

Novedades del nuevo Real Decreto

Aunque la nueva propuesta es principalmente un "rescate" de medidas, incluye algunas novedades:

  • Especificación del CNAE: Las peticiones de acceso y conexión deben incluir el código CNAE de la actividad, el cual debe mantenerse en el contrato de acceso [4].
  • Autorización tipo para I+D+i: Se permite a las plataformas de investigación obtener una autorización previa para proyectos tipo, facilitando el intercambio de prototipos con una sola autorización de explotación [4].

En resumen, el Real Decreto-ley 7/2025 era una norma extensa que abarcaba desde bonificaciones fiscales y apoyo industrial hasta una ampliación del autoconsumo. La nueva propuesta de Real Decreto, al estar limitada por su rango normativo, se centra en medidas más técnicas y administrativas, dejando de lado los incentivos fiscales y de fomento industrial. Para que el autoconsumo y otras medidas de apoyo se recuperen, probablemente se necesitará una ley de mayor rango en el futuro [1, 2, 4, 5].


Referencias

[1] Iberley. (n.d.). Real Decreto-ley 7/2025. Decreto-ley 'antiapagón'.

[2] Strategic Energy. (n.d.). El Decreto-ley de medidas para reforzar el sistema eléctrico se queda sin convalidación en el Congreso.

[3] Garrigues. (n.d.). Real Decreto-ley 7/2025, el “decreto anti-apagón”.

[4] MITECO. (n.d.). Propuesta de Real Decreto para reforzar el sistema eléctrico.

[5] El Periódico de la Energía. (n.d.). El Gobierno relanza parte del 'decreto antiapagón' y fija plazos para puntos de recarga.

Toni Carmona

Ingeniero Técnico Industrial con amplia experiencia como Responsable/Experto en Distribución Eléctrica. Especializado en gestión técnica, planificación de redes y Smart Grids. Interesado en divulgación técnica y en combinar conocimiento técnico y soft skills.

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